Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 1.a Normas generales

Art. 26

En vigor desde 14 dic 1991
1. Los actos de gestión de las tasas de la Comunidad Autónoma serán recurribles en reposición con carácter potestativo ante el órgano que dictó el acto. 2. Contra la resolución del recurso de reposición o contra los actos de gestión, si no se interpuso aquél, podrá recurrirse ante el Tribunal Económico-Administrativo de la Comunidad Autónoma de Galicia, cuyas resoluciones agotan la vía económico-administrativa.
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eli/es-ga/l/1991/12/09/13#art-26

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