Art. 8

En vigor desde 22 jul 2021
La ejecución y desarrollo de esta ley no tendrá incidencia alguna en la dotación presupuestaria prevista en el Plan Gallego de Financiación Universitaria de la consejería competente en materia de universidades y, en todo caso, la Universidad Intercontinental de la Empresa deberá disponer de los medios personales y materiales precisos para garantizar el desempeño adecuado de sus funciones.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-ga/l/2021/07/15/12#art-8

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil