Capítulo CAPÍTULO IV

Art. Disposición adicional quinta

En vigor desde 1 nov 2014
La Ley de presupuestos de la Generalidad de Cataluña puede modificar las bases, los tipos de gravamen, las reducciones, las bonificaciones y los importes establecidos por los artículos 6, 7, 8, 14, 15, 16, 17, 22, 26 y 27 de la presente ley.
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eli/es-ct/l/2014/10/10/12#disposicion-adicional-quinta

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