Título TÍTULO VIII›Capítulo CAPÍTULO III
Art. 181
En vigor desde 10 oct 2008
El órgano competente para resolver podrá adoptar en cualquier momento, mediante acuerdo motivado, las medidas de carácter provisional tendentes a asegurar la eficacia de la resolución que pudiera recaer y a evitar el mantenimiento de los efectos de la infracción.
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Proeli/es-vc/l/2008/07/03/12#art-181