Título TÍTULO VII

Art. 162

En vigor desde 10 oct 2008
1. Se crea la figura del Comisionado del Menor de la Comunitat Valenciana, que recibirá la denominación de «Comisionado del Menor-Pare d´Òrfens». 2. Al Comisionado del Menor le corresponderá la promoción y defensa de los derechos e intereses de los menores en la Comunitat Valenciana, de conformidad con las competencias previstas en la presente Ley, y dentro del respeto a la legislación de menores y a los Tratados y Convenios Internacionales.
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eli/es-vc/l/2008/07/03/12#art-162

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