Título TÍTULO V
Art. 31
En vigor desde 3 ago 2006
1. La Consejería competente fomentará la formación y sensibilización en materia de conservación de la naturaleza, aprovechamiento racional de los recursos naturales y adopción de medidas de seguridad en el ejercicio de la caza, con especial atención a las personas que pretendan superar las pruebas de aptitud para obtener la licencia de caza.
2. La Comunidad Autónoma promoverá la celebración de convenios con otras Administraciones Públicas, con la Federación Cántabra de Caza y otras entidades colaboradoras con fines de formación y sensibilización en materia cinegética.
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Proeli/es-cb/l/2006/07/17/12#art-31