Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO XXXIII

Art. 155

En vigor desde 1 ene 2002
Son sujetos pasivos de esta tasa los adjudicatarios de obras de la Comunidad Autónoma en relación con las cuales se preste el servicio gravado por la misma.
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eli/es-cl/l/2001/12/20/12#art-155

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