Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO II

Art. 21

En vigor desde 30 dic 1998
Los datos del Catálogo Insular del Patrimonio Histórico serán públicos, salvo las informaciones que es necesario proteger por razón de seguridad de los bienes o de sus titulares, de la intimidad las personas y de los secretos comerciales o científicos protegidos por la Ley.
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eli/es-ib/l/1998/12/21/12#art-21

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