Título TÍTULO IV

Art. 27

En vigor desde 8 nov 1985
Los gastos de funcionamiento del Consejo Valenciano de Cultura, incluidos los correspondientes a personal, serán cubiertos mediante las dotaciones que a tal finalidad se consignen en los Presupuestos de la Generalidad.
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eli/es-vc/l/1985/10/30/12#art-27

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