Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 2.ª Contratación pública ecológica

Art. 32

En vigor desde 17 may 2023
Como medida de protección de la salud de las personas, los sectores públicos autonómico y local promoverán, a través de los pliegos de licitación, el empleo de maquinaria, equipos, pavimentos e infraestructuras de baja emisión acústica y vibratoria.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-ar/l/2023/03/30/11#art-32

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil