Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 3.ª Servicios de recuperación y atención especializada

Art. 48

En vigor desde 23 sept 2022
La atención integral para víctimas de trata de mujeres y explotación sexual comprenderá, al menos, asistencia psicológica, intervención social, atención jurídica, tratamiento médico y medidas para asegurar la subsistencia y el asesoramiento en su propio idioma.
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eli/es-ri/l/2022/09/20/11#art-48

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