Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO III

Art. Disposición adicional séptima

En vigor desde 19 oct 2014
El Gobierno y la Administración de la comunidad autónoma de las Illes Balears tienen que elaborar un plan de desarrollo y dinamización de la actividad comercial y han de prever las dotaciones necesarias para su desarrollo.
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eli/es-ib/l/2014/10/15/11#disposicion-adicional-septima

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