Título TÍTULO IV
Art. Disposición final primera
En vigor desde 16 ene 2011
Las cooperativas se regirán por las normas contenidas en la presente Ley, por los reglamentos de desarrollo de la misma, por sus estatutos y, supletoriamente, por la legislación de cooperativas del Estado y sus normas de desarrollo.
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Proeli/es-cm/l/2010/11/04/11#disposicion-final-primera