Título TÍTULO V
Art. Disposición transitoria cuarta
En vigor desde 20 ene 2010
Para atender los gastos necesarios para el funcionamiento adecuado de la Cámara de Cuentas se tramitarán las modificaciones de crédito que resulten necesarias en los Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-ar/l/2009/12/30/11#disposicion-transitoria-cuarta