Título TÍTULO IV

Art. 16

En vigor desde 22 dic 2009
Se considera infracción muy grave, siéndole de aplicación el régimen general previsto en el texto refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias aprobado por el Decreto legislativo 1/2000, de 8 de mayo, la construcción de instalaciones que no estén incluidas en los Planes Territoriales de Despliegue aprobados.
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eli/es-cn/l/2009/12/15/11#art-16

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