Título TÍTULO VICapítulo CAPÍTULO II

Art. Disposición adicional octava

En vigor desde 19 nov 2006
El régimen de responsabilidad de los administradores de las empresas públicas de la Comunidad será el establecido para los administradores de las sociedades estatales.
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eli/es-cl/l/2006/10/26/11#disposicion-adicional-octava

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