Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO III

Art. 66

En vigor desde 25 dic 2005
La constitución de sociedades mercantiles en cuyo capital sea mayoritaria la participación, directa o indirecta, y las operaciones de adquisición y pérdida de posición mayoritaria de la Comunidad Autóno­ma de La Rioja o de sus Organismos Públicos se autorizará de conformidad con lo dispuesto en el ar­tículo 49 de la Ley 3/2003, de 3 de marzo, de Organización del Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
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eli/es-ri/l/2005/10/19/11#art-66

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