Art. Disposición transitoria tercera
En vigor desde 28 jun 2001
La Asamblea Constituyente deberá:
Aprobar los Estatutos definitivos del Colegio.
Elegir a los miembros de los órganos de gobierno del Colegio.
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Proeli/es-ar/l/2001/06/18/11#disposicion-transitoria-tercera