Título TÍTULO VIII›Capítulo CAPÍTULO XV
Art. 388 terdecies
En vigor desde 1 ene 2006
La tasa para inscribirse en las pruebas selectivas para el acceso a las diferentes categorías del personal estatutario al servicio de la sanidad pública autonómica respetará la misma estructura y cuantías que fija el artículo 61 de esta ley para la inscripción a las pruebas selectivas de personal al servicio de la Administración de la comunidad autónoma de las Illes Balears.
Se añade por la disposición final 3.22 de la Ley 9/2008, de 19 de diciembre. Ref. BOE-A-2009-1315
Tus anotaciones
Proeli/es-ib/l/1998/12/14/11#art-388-terdecies