Título TÍTULO VIII›Capítulo CAPÍTULO XV
Art. 388
duodecies
En vigor desde 1 ene 2006
1. Están exentas de pagar la tasa las personas con una discapacidad igual o superior al 33%.
2. El personal estatutario al servicio de la sanidad pública autonómica que participe en las convocatorias de promoción interna tiene derecho a una bonificación del 50%.
3. Las personas que se inscriban en las convocatorias para seleccionar personal estatutario temporal al servicio de la sanidad pública autonómica también tienen derecho a una bonificación del 50%.
Se añade por la disposición final 3.22 de la Ley 9/2008, de 19 de diciembre. Ref. BOE-A-2009-1315
Tus anotaciones
Proeli/es-ib/l/1998/12/14/11#art-388-3