Art. 388 terdecies
Título TÍTULO VIIICapítulo CAPÍTULO XV

Art. 388 terdecies

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En vigor desde 1 ene 2006
La tasa para inscribirse en las pruebas selectivas para el acceso a las diferentes categorías del personal estatutario al servicio de la sanidad pública autonómica respetará la misma estructura y cuantías que fija el artículo 61 de esta ley para la inscripción a las pruebas selectivas de personal al servicio de la Administración de la comunidad autónoma de las Illes Balears. Se añade por la disposición final 3.22 de la Ley 9/2008, de 19 de diciembre. Ref. BOE-A-2009-1315

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eli/es-ib/l/1998/12/14/11#art-388-terdecies