Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO IV›Secc. Sección 2.ª Organización›§ Subsección 3.ª Órganos de prestación de servicios sanitarios
Art. 88
En vigor desde 25 ago 1994
La Comisión de Participación Hospitalaria es el órgano colegiado de participación comunitaria en la planificación, control y evaluación de la asistencia que corresponde al hospital.
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Proeli/es-cn/l/1994/07/26/11#art-88