Capítulo CAPITULO VI

Art. DISPOSICIÓN DEROGATORIA

En vigor desde 3 abr 1975
DISPOSICIÓN DEROGATORIA Quedan derogadas las Reales Ordenes de uno de junio de mil ochocientos sesenta, veinte de agosto de mil ochocientos sesenta y uno, veintidós de diciembre de mil ochocientos noventa y cuatro y veintinueve de julio de mil novecientos veinte, el Decreto de treinta y uno de julio de mil novecientos cuarenta y uno y la Orden circular de cinco de abril de mil novecientos cuarenta y cuatro y demás disposiciones en cuanto se opongan a la presente Ley.
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eli/es/l/1975/03/12/11#disposicion-derogatoria

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