Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO ÚNICO
Art. 37
En vigor desde 1 ene 2022
Constituye el hecho imponible de la tasa la inserción en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» (en adelante, BOJA) de disposiciones, actos, notificaciones, requerimientos, anuncios o cualquier otro tipo de textos.
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Proeli/es-an/l/2021/12/28/10#art-37