Art. 37
Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO ÚNICO

Art. 37

37 / 290
En vigor desde 1 ene 2022
Constituye el hecho imponible de la tasa la inserción en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» (en adelante, BOJA) de disposiciones, actos, notificaciones, requerimientos, anuncios o cualquier otro tipo de textos.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-an/l/2021/12/28/10#art-37