Libro LIBRO SEGUNDO›Título TÍTULO V›Capítulo CAPÍTULO IV›Secc. Sección cuarta. Tasa de embarque, desembarque y tránsito de pasajeros en régimen de pasaje (TA3P)
Art. 175
En vigor desde 1 ene 2020
1. Los elementos de cuantificación de la tasa de embarque, desembarque y tránsito de pasajeros en régimen de pasaje son:
a) La clase de buque.
b) El tipo de navegación.
c) La modalidad del pasaje.
d) El número de pasajeros.
2. Los buques se clasifican en ordinarios y turísticos locales.
3. El tipo de navegación se ordena en interior o exterior a la Unión Europea.
4. La modalidad del pasaje se divide en:
a) Crucero turístico en embarque o desembarque.
b) Crucero turístico en tránsito.
c) Régimen de transporte.
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