Libro LIBRO SEGUNDO›Título TÍTULO V›Capítulo CAPÍTULO IV›Secc. Sección tercera. Tasa de carga, descarga, transbordo y tráfico de mercancías (TA3M)
Art. 165
En vigor desde 1 ene 2020
No están sujetos a la tasa de carga, descarga, transbordo y tráfico de mercancías los productos pesqueros sujetos a la tasa de la pesca fresca que no estén exentos de la misma.
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Proeli/es-ct/l/2019/12/23/10#art-165