Título TÍTULO VIICapítulo CAPÍTULO III

Art. 99

En vigor desde 2 may 2019
Las infracciones y sanciones previstas en la presente ley prescribirán en los plazos y en las condiciones que se establecen en el artículo 30 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público.
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eli/es-ib/l/2019/02/22/10#art-99

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