Título TÍTULO VI

Art. Disposición adicional vigesimosegunda

En vigor desde 1 ene 2020
Durante el ejercicio 2020, la competencia para contratar servicios cuyos gastos se imputen al subconcepto 22602, de la clasificación económica del estado de gastos del presupuesto, salvo los consignados en la sección 81 Ente Público Radio Televisión Castilla-La Mancha, queda reservada a la Dirección General de Promoción Institucional, con las mismas limitaciones y excepciones establecidas en el artículo 20 punto a). La competencia establecida en el párrafo anterior conllevará la correspondiente gestión contable y se extenderá a cuantos contratos hayan de celebrarse durante el ejercicio 2020 con cargo al referido subconcepto, con independencia de su periodo de ejecución.
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eli/es-cm/l/2019/12/20/10#disposicion-adicional-vigesimosegunda

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