Título TÍTULO VCapítulo CAPÍTULO IV

Art. 62

En vigor desde 18 oct 2019
El órgano competente para la incoación de procedimientos sancionadores por infracciones contenidas en esta ley es el órgano directivo autonómico que ejerza las competencias en materia de protección civil.
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eli/es-ex/l/2019/04/11/10#art-62

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