Título TÍTULO VICapítulo CAPÍTULO III

Art. 68

En vigor desde 10 oct 2014
Es una infracción muy grave cometer una infracción grave cuando se aprecien circunstancias de reincidencia o de riesgo muy grave para las personas, los bienes o el medio ambiente.
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eli/es-ib/l/2014/10/01/10#art-68

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