Capítulo CAPÍTULO V

Art. 18

En vigor desde 10 ene 2014
El Instituto sujetará su contabilidad al Plan de Contabilidad Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón en los términos previstos en la legislación de Hacienda de la Comunidad Autónoma de Aragón.
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eli/es-ar/l/2013/12/19/10#art-18

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