Título TÍTULO V›Capítulo CAPÍTULO IV
Art. 91
En vigor desde 31 dic 2011
Se modifica el apartado 3 del artículo 49 de la Ley 11/2009, que queda redactado del siguiente modo:
«3. Es una falta leve cualquier incumplimiento de las condiciones o los requisitos establecidos por la presente ley y la normativa reglamentaria que la desarrolla, siempre que no esté tipificado como falta muy grave o grave.»
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-ct/l/2011/12/29/10#art-91