Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO I

Art. 31

En vigor desde 31 dic 2011
Se modifica el artículo 13 de la Ley 2/1993, que queda redactado del siguiente modo: «Artículo 13. Órgano de impulso de la dinamización sociocultural y de las asociaciones culturales. El departamento competente en materia de cultura debe impulsar las políticas necesarias para contribuir a la consecución de los objetivos establecidos por los capítulos II y III.»
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eli/es-ct/l/2011/12/29/10#art-31

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