Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 30
En vigor desde 31 dic 2011
Se modifica el primer párrafo del apartado 2 del artículo 11 de la Ley 2/1993, que queda redactado del siguiente modo:
«2. La declaración de interés cultural de una asociación se realiza por acuerdo del Gobierno, y supone los siguientes derechos:»
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Tus anotaciones
Proeli/es-ct/l/2011/12/29/10#art-30