Título TÍTULO VIII›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 181
En vigor desde 31 dic 2011
Se modifica el apartado 1 del artículo 61 de la Ley 26/2010, que queda redactado del siguiente modo:
«1. El procedimiento de elaboración de un proyecto de disposición reglamentaria se inicia a propuesta del departamento competente en la materia del proyecto. Si se trata de materias de competencia de más de un departamento, la propuesta debe ser conjunta o del titular o la titular del Departamento de la Presidencia.»
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Tus anotaciones
Proeli/es-ct/l/2011/12/29/10#art-181