Título TÍTULO VII›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 150
En vigor desde 31 dic 2011
Se añade una disposición transitoria, la séptima, a la Ley 5/1998, con el siguiente texto:
«Séptima. Composición del Consejo Asesor de Puertos de la Generalidad.
Mientras el Gobierno no determine el número y la distribución de las vocalías del Comité Ejecutivo y del Consejo Asesor de Puertos de la Generalidad, el Consejo mantiene la composición actual.»
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Tus anotaciones
Proeli/es-ct/l/2011/12/29/10#art-150