Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 3
En vigor desde 22 nov 2010
1. Dentro del marco fijado por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 mayo, de Educación, el sistema educativo castellano-manchego incluirá expresamente entre sus fines la promoción y divulgación de los valores relativos a la seguridad y salud en el trabajo y, en particular, la importancia del cumplimiento de las medidas tendentes a garantizarlas.
2. La Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha impulsará la realización de actividades dirigidas a la comunidad escolar mediante las que se fomenten en el alumnado actitudes y comportamientos preventivos, que les permitan adquirir hábitos conformes con los valores de la seguridad y salud en el trabajo antes de su incorporación al ámbito laboral.
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Proeli/es-cm/l/2010/10/21/10#art-3