Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 8
En vigor desde 19 feb 2009
La actuación de la Xunta de Galicia en las materias a que se refiere la presente ley se llevará a cabo a través de la consellería competente en medio ambiente, cuando no hubiese legislación específica que atribuya esa competencia a otra consellería u organismo.
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Proeli/es-ga/l/2008/11/03/10#art-8