Título TÍTULO VI
Art. 73
En vigor desde 4 oct 2006
El Gobierno de las Illes Balears tiene que colaborar con la Administración General del Estado y con las instituciones públicas que sean competentes en materia de juventud con la finalidad de unir esfuerzos en la consecución de objetivos comunes.
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Proeli/es-ib/l/2006/07/26/10#art-73