Título TÍTULO II
Art. Disposición adicional decimoquinta
En vigor desde 21 oct 2015
Se llevarán a cabo con carácter de urgencia, y de acuerdo con criterios de viabilidad, las obras previstas en el Anexo al Plan Hidrológico Nacional que aún no hayan sido ejecutadas y que permitan a Castilla-La Mancha utilizar la infraestructura del trasvase Tajo-Segura, así como los recursos correspondientes que tenga asignados y reservados.
Se añade, para dar cumplimiento a la Sentencia TC 13/2015, de 5 de febrero, por la disposición final 2.2 de la Ley 21/2015, de 20 de julio. Ref. BOE-A-2015-8146#dfsegunda . Se declara la inconstitucionalidad y nulidad, diferida por el plazo de un año, en la redacción dada por la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, según establece el Fundamento Jurídico 5, por Sentencia TC 13/2015, de 5 de febrero. Ref. BOE-A-2015-2259 . Se añade por la disposición final 3.2 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre. Ref. BOE-A-2013-12913 .
Tus anotaciones
Proeli/es/l/2001/07/05/10#disposicion-adicional-decimoquinta