Título TÍTULO II

Art. Disposición adicional decimotercera

En vigor desde 23 jun 2005
La Comunidad Autónoma de Aragón dispondrá de una reserva de agua suficiente para cubrir las necesidades presentes y futuras en su territorio, tal y como se establece en el Pacto del Agua de Aragón, de junio de 1992. Se añade por el art. único.16 de la Ley 11/2005, de 22 de junio. Ref. BOE-A-2005-10622 .

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eli/es/l/2001/07/05/10#disposicion-adicional-decimotercera

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