Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 2.ª Condiciones de las transferencias autorizadas en esta ley

Art. 17

Derogado
En vigor desde 19 jun 2004
(Derogado) Se deroga por la disposición derogatoria única del Real Decreto-Ley de 2/2004, de 18 de junio. Ref. BOE-A-2004-11438 . Se modifica el apartado 2 por la disposición adicional 21 de la Ley 53/2002, de 30 de diciembre. Ref. BOE-A-2002-25412 .

Tus anotaciones

Pro

eli/es/l/2001/07/05/10#art-17

Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil