Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 2.ª Consejo de Administración
Art. 31
En vigor desde 7 abr 2025
1. La Presidencia del Consejo de Administración es ejercida por uno de sus miembros, excluida la persona titular de la Dirección General, de acuerdo con el orden rotatorio que establezca el propio Consejo, por períodos de seis meses.
2. Corresponde a la Presidencia del Consejo de Administración acordar la convocatoria de las sesiones del órgano, fijar el orden del día de acuerdo con la Dirección General y presidir las sesiones, moderando el desarrollo de los debates, en los términos que disponga el reglamento interno y las demás normas de funcionamiento del Consejo de Administración.
Además, la Presidencia coordina el funcionamiento del Consejo de Administración con la Dirección General de la Corporación de Servicios Audiovisuales de Galicia.
3. La persona titular de la Presidencia del Consejo de Administración no ejercerá funciones de representación ni de dirección ejecutiva de la Corporación de Servicios Audiovisuales de Galicia, que corresponden exclusivamente a la persona titular de la Dirección General.
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Proeli/es-ga/l/2025/03/14/1#art-31