Capítulo CAPÍTULO VII

Art. Disposición final tercera

En vigor desde 18 feb 2023
En el plazo de seis meses desde la constitución del consejo de administración de la Agencia, será aprobada por parte de este la creación de la comisión para la participación de las personas con discapacidad apoyadas por la Agencia, según lo establecido en el artículo 18 de la presente ley.
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