Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO VI
Art. Disposición adicional cuarta
En vigor desde 16 feb 2022
En todo caso se dará cumplimiento a las previsiones contenidas en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, así como al Reglamento (UE) del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento General de Protección de Datos), así como la normativa posterior que la desarrolle o modifique.
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Proeli/es-md/l/2022/02/10/1#disposicion-adicional-cuarta