Art. 2
En vigor desde 26 mar 2020
Las personas beneficiarias de la ayuda para la prestación farmacéutica ambulatoria financiada deberán cumplir los siguientes requisitos en la fecha en que se produce la dispensación del medicamento:
a) Ostentar la condición de pensionista de la Seguridad Social o ser beneficiario de quien tenga dicha condición.
b) Ser residente en la Comunidad Autónoma de Canarias.
c) Ser titular de tarjeta sanitaria individual expedida por el Servicio Canario de la Salud.
d) Tener una renta inferior a 18.000 euros anuales, consignada en la casilla de base liquidable general y del ahorro de la declaración del impuesto sobre la renta de las personas físicas (código de aportación farmacéutica TSI 002-01).
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Proeli/es-cn/l/2020/03/20/1#art-2