Título TÍTULO VICapítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección cuarta. Especialidades relativas a los casinos de juego

Art. 95

En vigor desde 16 jun 2020
1. La cuota íntegra se obtiene aplicando sobre la base imponible la tarifa señalada en el cuadro siguiente: Tramo de la base imponible comprendido entre (euros) Tipo de gravamen (porcentaje) 1 0 € y 2.000.000,00 €. 20% 2 2.000.000,01 € y 4.000.000,00 €. 30% 3 4.000.000,01 € y 6.000.000,00 €. 40% 4 Más de 6.000.000,00 €. 50% 2. La tarifa anterior se aplica tanto a los juegos organizados o celebrados en los casinos de juego (sala principa l) como en las salas apéndice de estos, si bien se aplica separadamente a la base imponible de cada una de las salas.
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