Título TÍTULO VICapítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección tercera. Especialidades relativas al juego del bingo distinto al electrónico

Art. 92

En vigor desde 16 jun 2020
La cuota íntegra se obtiene: 1. Aplicando sobre la base imponible la tarifa señalada en el cuadro siguiente: Tramo de importe acumulado del valor facial de los cartones adquiridos durante el año natural (euros) Tipo de gravamen (porcentaje) Inferior o igual a 400.000 €. 1,00% Entre 400.000,01 € y 3.000.000 €. 12,50% Entre 3.000.000,01 € y 8.000.000 €. 15,00% Más de 8.000.000 €. 17,50% 2. Minorando la cuantía anterior en el importe ingresado por los devengos anteriores producidos en el año natural.
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