Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO I

Art. 14

En vigor desde 3 feb 2019
1. El Gobierno, de acuerdo con las directrices del Presidente, establece la política general y dirige la Administración de la comunidad autónoma. Asimismo, ejerce la función ejecutiva y la potestad reglamentaria en el marco de la Constitución, del Estatuto de Autonomía y de esta ley. 2. El Gobierno está integrado por el Presidente, por el Vicepresidente, si lo hubiera, y por los Consejeros. Cada Consejero está al frente de una consejería, sin perjuicio de la existencia de los Consejeros sin cartera. 3. El Gobierno reunido para el ejercicio de sus funciones constituye el Consejo de Gobierno.
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eli/es-ib/l/2019/01/31/1#art-14

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